Medidas contra la morosidad de las administraciones públicas

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Los proveedores de las CC.AA. podrán cobrar aunque alguna no presente las facturas pendientes

Las CC.AA. tienen hasta el 23 de octubre para enviar al Ministerio de Hacienda una relacion certificada por su Interventor General en la que figure lo pendiente de pago. De no hacerlo así, los proveedores, así como los no incluidos en la relación inicial, podrán solicitar a la comunidad deudora, hasta el 15 de noviembre, la emisión de un certificado individual de reconocimiento de la existencia de obligaciones pendientes de pago que reúnan los requisitos previstos.

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